Con una amplia mayoría de 335 votos a favor, 108 en contra y cero abstenciones, la Cámara de Diputados aprobó una reforma constitucional que amplía el catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa. Esta modificación, que afecta el párrafo segundo del artículo 19 de la Constitución Política, se remitió al Senado para su análisis y ratificación.
El dictamen aprobado establece que el juez podrá ordenar la prisión preventiva oficiosa en casos de extorsión y en delitos relacionados con la ilegal introducción, producción, transporte y distribución de precursores químicos y sustancias como el fentanilo y otras drogas sintéticas. También se contempla el contrabando y la falsificación de documentos fiscales.
Durante el debate, se aceptaron tres reservas presentadas por el diputado Ricardo Monreal Ávila, coordinador del grupo parlamentario de Morena. Las reservas fueron:
- Exclusión del narcomenudeo: Se propuso excluir el narcomenudeo del catálogo de delitos graves, argumentando que debe ser tratado de manera social para restañar el tejido social, especialmente entre los jóvenes.
- Exclusión de la defraudación fiscal: Se planteó que la defraudación fiscal no sea considerada delito grave con prisión preventiva oficiosa, debido a que, aunque es un delito importante, se requiere un enfoque más de unidad nacional que de criminalización inmediata.
- Ampliación de los delitos relacionados con precursores químicos: Se propuso ampliar la definición de distribuidores de precursores químicos y sustancias esenciales utilizadas en la producción de drogas sintéticas como el fentanilo, para evitar interpretaciones legales que permitan la liberación de presuntos delincuentes por tecnicismos.
Además, varios diputados de otros partidos presentaron reservas, las cuales fueron rechazadas o retiradas durante la discusión.
Dictamen Final:
Conforme al dictamen aprobado, el juez podrá ordenar la prisión preventiva oficiosa para quienes cometan delitos como extorsión, contrabando y actividades ilegales relacionadas con drogas sintéticas, como el fentanilo, y falsificación de comprobantes fiscales. Asimismo, se especifica que no se permitirá interpretaciones análogas de la norma y se excluyen otras formas de interpretación que pudieran contravenir el propósito de la reforma.
El régimen transitorio establece que el Congreso de la Unión tendrá 180 días para armonizar las leyes secundarias y reglamentarias con el contenido del decreto, mientras que las legislaturas locales deberán hacer lo propio dentro de los 365 días posteriores a su publicación.
El dictamen, impulsado por una iniciativa del Ejecutivo Federal presentada el 5 de febrero de 2024, fue canalizado al Senado para su aprobación final.