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lunes, febrero 2, 2026
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    Aprobada por el Senado la «Ley Silla» para Garantizar el Descanso de Trabajadores

    El Pleno de la Cámara de Senadores aprobó por unanimidad la denominada «Ley Silla», una reforma a cinco artículos de la Ley Federal del Trabajo (LFT), con el objetivo de garantizar el derecho de los trabajadores al descanso durante su jornada laboral. La iniciativa, conocida como «Ley Silla», ha sido respaldada por 82 votos y busca asegurar que los empleados puedan disfrutar de un asiento con respaldo durante su turno de trabajo.

    Esta reforma, dirigida principalmente a los sectores de servicios, comercio y centros de trabajo análogos, prohíbe a los empleadores obligar a sus trabajadores a permanecer de pie durante todo su turno laboral. La «Ley Silla» establece la obligación de garantizar el descanso de los empleados en un asiento con respaldo durante el horario laboral.

    La evidencia científica respalda esta iniciativa, ya que diversos estudios han demostrado que permanecer de pie durante períodos prolongados puede tener efectos negativos en la salud, como fatiga, insuficiencia venosa, tendinitis, varices, lesiones en las rodillas, dolores musculares, hemorroides, lumbalgia y fascitis plantar.

    El incumplimiento de esta obligación podría resultar en multas significativas para los empleadores, que oscilan entre 27,142 y 542,850 pesos. Asimismo, la reforma incluye sanciones por no proporcionar sillas con respaldo a los trabajadores o por obligarlos a permanecer de pie durante toda su jornada laboral, con multas que van desde los 5,428 hasta los 542,850 pesos.

    La «Ley Silla» también contempla la incorporación de normas en los reglamentos de trabajo para regular el tiempo destinado al reposo en el asiento, así como las prohibiciones de obligar a los trabajadores a permanecer de pie durante toda su jornada laboral y de ejercer control sobre los sindicatos a los que pertenecen los trabajadores.

    La reforma ahora pasará a la Cámara de Diputados para su revisión y ratificación. De ser aprobada, las empresas tendrán un plazo de 180 días para cumplir con los cambios una vez que se publiquen en el Diario Oficial de la Federación. Además, se otorga un plazo de 30 días hábiles para que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social emita las normas correspondientes sobre los factores de riesgos de trabajo.

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